Compareciente sin ser parte o la diplomacia del metaverso

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Foto: Referencial.

De forma bastante extraña e inusual, el gobierno en el juicio que se lleva en la Corte Internacional de Justicia por el Esequibo, el gobierno se presentó con la advertencia de que: “Comparecía sin ser parte???????

En tiempos de la inteligencia artificial, las estrategias judiciales forman parte del pasado; nuevas tecnologías, nuevos términos desplazan los vocablos del Derecho Internacional Público, dando paso a un derecho emergente.

El advertir al más alto tribunal internacional en el más delicado juicio que haya enfrentado la republica desde su nacimiento, sin ser parte de él, es como formar parte de una sesión de espiritismo o de metafísica.

La Corte en su fallo del 18DIC2018, concluyo que tiene jurisdicción para conocer de la solicitud presentada por la ex colonia inglesa de Guyana, el 29MAR2018, en lo que se refiere a la validez del Laudo Arbitral del 3OCT 1899 y las cuestiones relativas a  la solución definitiva del diferendo de límites terrestres entre ambos países. El fallo aunque no se comparta habrá que acatarlo en reconocimiento a las instituciones y el Derecho Internacional.

Agotadas las vías políticas y diplomáticas contenidas en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas el gobierno tiene dos caminos. Mantiene la contumacia ante la CIJ o se presenta en defensa de sus derechos sobre el Esequibo.

Hoy miércoles 14 de junio, cuando salga esta edición, faltarán 9 meses y 25 días para que Venezuela presente el 8 de abril de 2024, su Contramemoria. La cuestión está en que desde un principio cuando el ex secretario general de la ONU Ban Ki-moon, el actual secretario general y Guyana presento su demanda, no se ve con claridad la estrategia de Venezuela.

La histórica posición de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte fue desechada en un fallo inesperado en contra de toda probabilidad, auto violando la Corte su propia Reglamento, Estatuto y el Manual sobre la aceptación de la jurisdicción, patrocinado por Suiza, los Países Bajos, Uruguay, Reino Unido, Lituania, Japón y Botsuana (2014); Luego la estrategia se dirigió a la presentación de Objeciones Preliminares. Ambos intentos fallaron: el primero sobre la admisibilidad el 7 junio de 2022. En un segundo intento, el equipo jurídico recurrió al principio del Oro Monetario, según el cual la CIJ no puede decidir una disputa sin el consentimiento de todas las partes involucradas. En su fallo la CIJ, con una mayoría aplastante 14 a 1 -el único voto fue del juez ad hoc de Venezuela-, la Corte rechazó el recurso, lo cual dejó a Venezuela sin más opciones. Ahora Venezuela deberá ir a la Corte a riesgo de perder el Esequibo definitivamente, lo cual sería una irresponsabilidad dejar a la Corte la defensa de Venezuela en manos de 14 jueces que han rechazado los recursos interpuestos por la República.

En este orden, ante una decisión adversa, algunos expertos recomiendan como opción recurrir al Consejo de Seguridad, sin tener en cuenta que de los 5 miembros del Consejo de Seguridad con poder de veto, 4 son pro Guyana: Estados Unidos, China, Rusia e Inglaterra, al menos por intereses económicos.

Nuestra defensa está en dejar de lado la diplomacia virtual e invertir la carga de la prueba, pedir que la excolonia demuestre que el laudo arbitral no fue fraudulento, que posee la cadena titular que posee Venezuela desde las bulas papales de Alejandro VI de 1493, las cuales dieron origen al Tratado de Tordesillas de 1494, los tratados de Münster (1648), Utrecht (1713), Amiens (1802); el Tratado Anglo-Holandés (1814), el Tratado de Cooperación y Amistad entre la República de Colombia y su majestad el rey de la Gran Bretaña (1825); las Cédulas Reales de 1776 (límites de la Provincia de Guayana) y de 1777, creando la Capitanía General de Venezuela; el Convenio status-quo Venezuela-Gran Bretaña (1850), además del reconocimiento británico en la llamada Memoria de Límites, Territorio, Población y Comercio de la Gran Colombia. Una batería jurídica que respaldan nuestros derechos históricos y jurídicos sobre el Esequibo.

La defensa del Esequibo parte de una efectiva voluntad política sin chauvinismo ni proclamas populistas, por lo cual solo se requiere la disposición y voluntad política de defender el Esequibo como lo hizo el Libertador en 1822.

Gerson Revanales es internacionalista y profesor universitario. @grevanales

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