CNE emitió normativa para la campaña electoral que arranca este jueves

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Candidaturas para las presidenciales
19/09/2021 Sede del Consejo Nacional Electoral de Venezuela (CNE) POLITICA SUDAMÉRICA VENEZUELA CONSEJO NACIONAL ELECTORAL DE VENEZUELA (CNE)

El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó la normativa que regirá la campaña electoral presidencial que comienza este jueves 4 de julio y culminará el 25 de julio a medianoche. La normativa está contenida en la Gaceta Electoral n° 1061 y la Resolución n° 240703-055.

Esta normativa es aplicable a todas las actividades públicas realizadas por los candidatos y las organizaciones políticas participantes.

Regulaciones de la propaganda electoral

El contenido de la propaganda de la campaña electoral debe ajustarse a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Procesos Electorales y su Reglamento General, independientemente del medio de difusión utilizado.

La normativa establece disposiciones específicas para la propaganda en televisión, radio, periódicos impresos y medios digitales, asegurando un equilibrio en la cobertura informativa y la participación equitativa en programas de opinión y entrevistas.

En el caso de la propaganda difundida a través de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), también debe adherirse a los principios establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales y su Reglamento General.

Prohibiciones en la campaña electoral

Por otro lado, el CNE especifica que no está permitida la propaganda electoral que atente contra el honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación de las personas.

Tampoco se permite aquella que promueva condiciones contrarias a la diversidad, tolerancia y respeto recíproco, o que incite a la violencia política, odios o intolerancia, afectando los derechos humanos, la paz y la tranquilidad pública.

Además, la normativa prohíbe la propaganda que fomente la guerra, discriminación, intolerancia o la desobediencia a las leyes. La propaganda electoral debe incluir información que permita la identificación del promotor o promotora y el Registro de Información Fiscal (RIF).

No se admiten financiamiento del exterior

El financiamiento de la campaña electoral con fondos de origen extranjero está prohibido, así como el uso de fondos públicos distintos a los previstos en las normas.

La normativa también prohíbe el financiamiento con fondos privados no declarados al Consejo Nacional Electoral y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).

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