Aclaran que un órgano solo puede ser donado por un familiar

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Foto: referencial web

Recientemente en Venezuela se han realizado las detenciones de tres personas por la venta de un riñón humano por la cantidad de 20.000 dólares a través de redes sociales.

El hecho ha generado infinidad de comentarios en las redes sociales, que encendieron las alarmas de las autoridades y que claramente reflejan la vulnerabilidad económica de los que ofrecieron los órganos en venta.

Sobre esta situación la directora de la ONG Prepara Familia, Katherine Martínez, comentó que no hay manera de darle utilidad a un órgano de una persona a otro; en el “Programa de Vivo a Vivo”.

“Usted solamente puede utilizar una donación de un órgano hasta en un quinto grado de consanguinidad”, aclaró Martínez. Es decir, el órgano solamente puede ser donado por algún familiar que este dentro del primer al quinto grado de consanguinidad.

Asimismo, recordó que en Venezuela el trasplante de “vivo a vivo” nunca se ha suspendido.

Sin embargo, añadió que este programa es muy complicado poder realizarlo porque no se pueden garantizar los medicamentos anti rechazos – inmunosupresores y todas sus variables – que han generado muy pocos trasplantes desde el año 2017.

El programa de procura de órganos que se mantiene suspendido es el de “Cadáver a vivo”. Este se mantiene interrumpido y por el cual muchas organizaciones y familias, han elevado la voz al gobierno nacional y en instancias internacionales para poder reactivarlo.

¿Qué dice la ley?

Martínez, dijo a través de Radio Fe y Alegría Noticias, que desde el año 2011 en Venezuela existe la ley de donación y trasplante de órganos, tejidos y células en seres humanos que establece todas las condiciones.

La ley dice en su artículo 10, “está prohibida cualquier transacción comercial compensación monetaria o retribución material directa e indirecta, por los órganos de tejidos y células a ser usados con fines terapéuticos investigación o docencia”.  

Además, “la donación de órganos tejidos y células solamente podrá realizarse a título gratuito. Se prohíbe, en consecuencia, y será nulo de nulidad absoluta y no tendrá valor jurídico alguno, el acto o contrato distinto a la donación, pura y simple, que a título oneroso o a cualquier otro título de compensación, contenga la promesa de entrega de uno o más órganos, tejidos y células para efectuar un trasplante”, se lee en el artículo.

En la ley también especifica en su artículo 45, “Quien pague, medie o trance con propósito de lucro en la procura de órganos, tejidos y células para fines terapéuticos, será sancionado con penas de prisión entre cuatro y ocho años.

Martínez aclaró que toda persona es donante, a no ser que autorice que sus órganos no sean utilizados luego de su fallecimiento.

Falta de información del estado

Semanas atrás el estado venezolano anunció la creación de una unidad en el sector El Paraíso de Caracas, donde ellos iba a empezar a realizar trasplantes de vivo a vivo.

Sin embargo, según Martínez la información que ha dado el estado no ha tenido claridad y continúa la opacidad.

A su parecer, existen fallas en la información y el conocimiento del tema y por ende muchas personas terminan en la desesperación por la pobreza extrema que muchas familias están viviendo; terminan cometiendo el delito de ofrecer unos de sus órganos a la venta.

Martinez enfatizó que es importante que la población conozca que la venta de órganos es un delito.

Explicó que la condiciones que se necesitan para realizar los trasplantes de vivo a vivo, son muy delicadas y complejas.

Colocó el caso de algunas intervenciones que han hecho en el Hospital Militar de Caracas, donde han presentado inconvenientes por no garantizar reactivos en el laboratorio, medicamentos anti rechazo, la alimentación para el paciente y cuidador; que terminan sin garantizar el ejercicio del programa.

“En Venezuela se ha creado un mito urbano donde se dice que niños, niñas, jóvenes y adultos pueden caer en redes de trata de personas. En este sentido toda estás creencias se deben a la misma desinformación por parte del estado donde no clarifican que se puede hacer y lo que no”, agregó.

Enfatizó que es importante que la población cepa, «que este no es el camino, que no se puede vender un órgano en Venezuela porque simplemente está prohibido y que tiene sanciones», dijo.

Programa de Cadáver a Vivo, sigue suspendido

Desde el año 2011 la ley establece la donación presunta que se ha convertido en toda una doctrina del derecho que establece muchas variables, importantes y muchas rigurosidades.

En el caso del programa de cadáver a vivo, dejó de funcionar en 2017, en ese entonces, se contaba con una serie de autorizaciones por parte de sus familiares en el caso de ser menores de edad.

El Gobierno sostiene que su suspensión se debe a las sanciones económicas lideradas por Estados Unidos contra Venezuela, pero varias ONG denuncian que el programa comenzó a mostrar fallas desde 2015.

Mencionó que es importante que se entienda que es sistema de procura de órganos debe darle prioridad, establecido en el artículo 35 de la ley, a los niños, niñas y adolescentes con necesidad de trasplante.

Por último, invitó a las personas a que se documenten y busquen asesoría a través del www.preparafamilia.org.ve y así evitar cometer algún delito que está debidamente sancionado en el país.