Proyecto de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones debió consultarse

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Leonardo Palacios, presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Caracas, expresó que primero se debió consultar tanto a la población como a los expertos sobre el proyecto de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF).

En una entrevista concedida a Radio Fe y Alegría Noticias este martes 5 de abril, Palacios dijo que la aprobación de dicha reforma parcial es producto de la «improvisación» y de la ausencia de la discusión pública».

«La discusión pública no es solo para garantizar el derecho a la participación ciudadana, sino mostrar cuáles serían las consecuencias, cómo afecta un impuesto», dijo.

Agregó que se hubiese ayudado a ser viable el impuesto si los sectores académicos y los especialistas del sector tributario tuvieran participación.

«Cuando se tiene un impuesto que tiene esa característica de ausencia de ejecución pública lo que trae es una visión errática y se profundiza el desconocimiento económico en el ente legislador, teniendo una ley un poco contradictoria y poco transparente», indicó Palacios.

A juicio del presidente de la Cámara de Comercio e Industria de Caracas el sistema financiero del país carece de equipo y de servicios básicos que aseguren el cobro del reciente impuesto.

Igualmente afirmó que Venezuela no está preparada para la factura digital, «además que no hay recursos suficientes ni servicios de telecomunicaciones óptimos».

Lo que se aprobó

El 20 de enero de 2022 la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras que, según una nota publicada en su portal web, «garantizará un tratamiento al menos igual, o más favorable, a los pagos y actividades en moneda nacional, criptomonedas o criptoactivos, emitidos por la República Bolivariana de Venezuela versus los pagos realizados en divisas».

Según reseñó el portal web Prodavinci, esta ley incorpora el cobro de una alícuota (la cual está definida como aquella que está contenida en otra un número exacto de veces y se calcula como porcentaje o proporción de un total) del 3%.

En otras palabras, si se divide una torta en 15 pedazos exactamente iguales, cada uno de estos trozos es una parte alícuota de la torta.